BIENVENIDOS A "BLOG MATEMÁTICA EDKEN" - Atte. Mg. Edgar Zavaleta Portillo

viernes, 31 de enero de 2014

PRESUPUESTO PUBLICO 2014 PARA LOS DE LA LEY DE LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL

En la Ley del Presupuesto Publico para el año 2014 Ley Nº 30114, Publicado el 02 de del mes de diciembre del año dos mil trece, en el Diario El Peruano. 
En la parte de las DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS y DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES de la Octogésima Sétima disposición, menciona: Prorrogase por el Año Fiscal 2014, la vigencia de lo dispuesto en el segundo párrafo de la décimo cuarta disposición complementaria, transitoria y final de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, para los profesores de carrera provenientes de la Ley 24029, Ley del Profesorado y de la Ley 29062, Ley de la Carrera Pública Magisterial, que temporalmente asuman encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o especialistas, aprobados en su Cuadro de Asignación de Personal – CAP. La aplicación de lo establecido en la presente disposición se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, quedando exceptuado para tal efecto de lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9 de la presente Ley, así como de lo establecido en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Asimismo, establécese la vigencia permanente del artículo único de la Ley 30002. Además se menciona la creación del Registro Nacional de Cargos Directivos (RENACADEP), que a la letra dice: Créase el Registro Nacional de Cargos Directivos, Especialistas en Educación y Jerárquicos en Educación del Perú – RENACADEP, a cargo del Ministerio de Educación, con el objeto de contar con información detallada y actualizada, incluyendo el monto de la asignación que se le otorga y el número de resolución que lo acredita del personal que ocupa el cargo o la encargatura de Director, Sub Director, Especialistas de Educación o cargos jerárquicos en educación del Perú. Es condición para el pago de la asignación que se prorroga con la presente disposición el registro en el RENACADEP. El Ministerio de Economía y Finanzas y la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, tienen acceso al registro. Las direcciones regionales de Educación proporcionan la información de forma adecuada y oportuna al Ministerio de Educación. El personal a registrar en el RENACADEP, previamente debe figurar en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas – Aplicativo Informático. Asimismo, el Ministerio de Educación remitirá bimestralmente a la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas las actualizaciones o modificaciones del RENACADEP. El Ministerio de Educación dictará las normas que resulten necesarias para la mejor aplicación de la presente disposición.
Se refiere a la asignación que debe recibir el docente que asuma una encargatura en el 2014, continuará percibiendo según la ley de procedencia.
 Atte.
 Edgar Zavaleta Portillo

No hay comentarios:

Publicar un comentario